18 Feb ¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre los administradores?
Como empresa especializada en la administración de fincas en Madrid centro, queremos aprovechar esta entrada del blog para que conozcas las obligaciones y funciones de los profesionales de este sector. Para ello, hemos recogido en este post lo que dice el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal al respecto.
En este artículo se afirma que le corresponde al administrador lo siguiente:
– En primer lugar, debe “velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios”. Además, está obligado a “hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares”.
– Como especialistas en la administración de fincas en Madrid centro, queremos que sepas que estos profesionales también deben “preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles”. Asimismo, han de proponer “los medios necesarios para hacer frente a los mismos”.
– Otra de sus obligaciones es preocuparse por la conservación y entretenimiento de la casa”. En este sentido, les corresponde disponer “las reparaciones y medidas que resulten urgentes” y dar cuenta de estas al presidente de la comunidad o a los propietarios.
– Asimismo, los administradores deben “ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes”.
– Por último, estos profesionales tienen que actuar como secretarios de la Junta y “custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad”.
Si quieres saber más sobre los servicios que ofrecemos, no dudes en ponerte en contacto con Administración y Gestión Magerit, S.L.
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