09 Mar La adaptación a la accesibilidad
Quienes trabajamos como administrador de fincas en Madrid centro, estamos siempre al corriente de todas las obligaciones que se han de cumplir en los edificios, ya que velamos por el estricto cumplimiento de la ley.
Asimismo, desde el oficio de administrador de fincas en Madrid centro, también hacemos nuestros los deseos de las personas con movilidad reducida (ancianos y, en especial, discapacitados) de ver la desaparición total de las barreras arquitectónicas que les impiden desplazarse con normalidad.
Por lo tanto, la garantía del requisito de la accesibilidad, es una misión que tenemos encomendada y cumple estas dos bases: ajuste a las normativas (en este caso, al Real Decreto Legislativo 1/2013) y sensibilidad con una reivindicación relacionada con la solidaridad social.
Y es que se trata de que todos tengamos derecho a movernos por las instalaciones de las fincas con la misma comodidad, algo que afectará a un 75 % de los edificios. Estas medidas tendrán que hacerse efectivas tanto en los accesos a las viviendas de las personas con movilidad reducida, como en las zonas comunes de los edificios que compartan, tales como las instalaciones de ocio, los garajes o los jardines.
Además, la normativa citada fija un plazo límite para efectuar las obras que acaben con las barreras arquitectónicas: el 4 de diciembre de 2017. No realizarlas no es una opción: por ética y para evitar fuertes multas.
Por otro lado, estas obras (plataformas y sillas salvaescaleras, rampas, ascensores y elevadores verticales…) tienen que ser sufragadas mediante el pago de cuotas, las cuales no serán desproporcionadas, por parte de quienes integran la comunidad de vecinos. El cobro de estas, de hecho, será una de las funciones de las que se encargarán los administradores de fincas.
Desde Administración Y Gestión Magerit, S.l., estamos a tu disposición para informarte sobre las reformas de accesibilidad.
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